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PREGUNTAS FRECUENTES DE RESBALONES Y CAIDAS


P. Si una persona se tropieza y se lastima por causa de un pedazo dañado de la acera en la ciudad, puede esa persona demandar a la ciudad?

R. Si. La ciudad es responsable de mantener la vía de peatones y si podemos demandar a ciudad.  Sin embargo, a veces, puede que sea el propietario privado del local el responsable por el mantenimiento de la acera.

Si la ciudad es responsable, el proceso de reclamos es más regio.  Y la ciudad no está en obligación de pagar más de $100,000.00. A veces, esto es lo suficiente para cubrir los daños de nuestros clientes.

Si el responsable es un propietario privado, entonces existe una póliza de seguro más adecuada. También, el proceso de una demanda contra una compañía de seguro  es mucho más fácil que una demanda contra el gobierno.

P.  Que pasa si alguien se lastima en la casa de un amigo o vecino, si esta persona fue invitado a una reunión?

R. Invitados a veces pueden ser compensados por los anfitriones, dependiendo de cómo ocurrieron los daños. Los dueños de casa tienen la obligación de prevenir a sus invitados de cualquier peligro o defecto que estos no puedan identificar. Por ejemplo, si los daños surgieron por causa de un tropezón con una alfombra, si el dueño o dueña tenia conocido que ya otros invitados se habían tropezado y que el invitado no pudo anticipar su peligro.  El dueño tenía el deber de prevenir a sus invitados, de quitar la alfombra durante la reunión o asegurar alfombra al piso con adhiere o tachuelas.

P. Puede alguien recibir compensación de una tienda donde se ha lastimado debido a un resbalón y caída?

R. Si, casi en todos los casos.  Sin embargo, hay varios factores que determina si la persona lastimada puede recuperar sus pérdidas por causa de un resbalón y caída.  Las tiendas tienen la responsabilidad de mantener sus pisos razonablemente seguros para sus clientes, y sus empleados tienen que hacer inspecciones rutinas de los lugares públicos, para descubrir cualquier condición peligrosa.  Si una substancia resbalosa en el piso causa una caída, y el demandante puede comprobar que esa substancia permaneció en el piso por mucho tiempo o que la tienda sabia de esa substancia, el demandante puede recuperar las pérdidas causadas por la caída.

P. De acuerdo a la ley, cuando es que el dueño de la propiedad “debería haber sabido” de las condiciones peligrosas en sus propiedad?

R. En la mayoría de casos, la ley dicta que el dueño “debería haber sabido” de las condiciones peligrosas, cuando estas condiciones existieron por tanto tiempo que cualquier otra persona bajo las mismas circunstancias hubiera descubierto estas condiciones. 

P.  El hecho de que alguien advirtió a un empleado de la tienda que había un derrame es  importante para poder comprobar un caso de resbalón y caída causado por ese derrame?

R. Si, el simple hecho de que el empleado del dueño de la propiedad (propietario) fue advertido y notificado de las condiciones peligrosas ayudan mucho a establecer que el dueño sabia de estas condiciones y fue negligente en remediarlas.

P.   Si el dueño de un edificio cometió alguna violación del código de construcción puede ayudar al demándate a ganar un caso de resbalón y caída?

R. Si, ocasionalmente el demandante puede comprobar la negligencia probando que el dueño violo algún código o reglamento.  Todo dueño de edificios tiene que asegurarse que la estructura de su edificio este al día con el código de construcción.  Por ejemplo, el código de construcción dicta donde y como poner rieles y si un accidente ocurre por falta de estos rieles, usted puede tener una demanda valida contra el dueño del edificio por violar el código de construcción.

P. Quien está expuesto a una demanda en un caso de resbalón y caída?

R.  En un caso de resbalón y caída, puede que existan un número de personas o individuos las que pueden ser responsables por sus daños y perjuicios.  Así como el negocio que renta un local de un propietario, los dos el dueño y el inquilino (el negocio) pueden ser nombrados como demandados por la persona lastimada.  En este caso, el inquilino es el posesor de la propiedad y el que tiene la responsabilidad de prevenir cualquier accidente en su propiedad.  El posesor también puede ser otro individuo quien mantiene o conserva la propiedad, tal como una compañía de mantenimiento. 







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